VÍDEO 3 - EJERCICIO 3 (PEC 5 2425 1S)

Profesor: Jaume Oliver Cladera

CORRECCIÓN:
Las operaciones realizadas con el cliente alemán no están exentas de IVA, ya que son con un particular. En virtud del artículo 25.Uno de la LIVA, solo están exentas aquellas entregas intracomunitarias realizadas con empresarios.

Así, debemos incorporar las ventas al cliente particular en el IVA repercutido (Base Imponible = 2.000€; Cuota íntegra = 420€), quedando así un total de IVA repercutido de 46.830€ y un IVA a ingresar de 3.230€.
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